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23
Ene, 2018

IRPF, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.

Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. (BOE, 30-diciembre-2017) .

Este real decreto introduce modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, con la finalidad de adecuar los citados textos reglamentarios a la vigente regulación legal, para aclarar el contenido de diversos preceptos de los aludidos reglamentos, así como para introducir algunas modificaciones encaminadas a simplificar la gestión y, por ende, reducir cargas administrativas.

En el Impuesto sobre Sociedades, se modifica la regulación de la información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas, regulación que incorpora la obligación de presentar la denominada información país por país, siguiendo el esquema previsto en esta materia en los trabajos que, desde el año 2013, se han venido desarrollando en el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y que culminaron en el año 2015 en la denominada «Acción 13» que, entre otros aspectos, recoge una serie de normas tendentes a facilitar esa información.

En lo que se refiere al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el caso de la adquisición de bienes inmuebles, se amplía el contenido de la declaración del impuesto, que deberá incluir la referencia catastral de los inmuebles transmitidos, con el fin de tener su correcta identificación, lo que permitirá mejorar la gestión del impuesto y facilitará el suministro e intercambio de información entre la administración gestora del impuesto y la administración catastral.

Además, se modifica el Reglamento del tributo, con objeto de facilitar su gestión, sobre todo, para los no residentes o aquellos que por cualquier otro punto de conexión deban tributar a la Hacienda Pública estatal, pudiendo cumplir con la obligación de acreditación de cumplimiento de las obligaciones respecto a dicho impuesto, no solo con la certificación administrativa material en los documentos de que se trate, sino, también, mediante certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Acceder al Real Decreto 1074/2017


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